FANTBilbao - Festival De Cine Fantástico De Bilbao (30)

Bilbao Fantasy Film Festival



Fechas Límite

06 dic 2023
Convocatoria

04 feb 2024
Festival Cerrado

15 abr 2024
Fecha de notificación

03 may 2024
11 may 2024

Dirección

C/ Beurko Viejo 3, pabellon 38,  48902, Barakaldo, Bizkaia, España


Descripción del festival
Fantastico
Festival de cortometrajes >1' 30'<
Festival de largometrajes >60'


Requisitos del festival
 Festival de cine
 Ficción
 Documental
 Animación
 Fantástico
 Terror
 Experimental
 Videoclip
 Otros
 Géneros
 Cualquier tema
 NO tiene tasa de inscripción
 Festival Internacional
 Online y Ubicación Física
 Fecha de producción: Cualquiera
 Países de producción: Cualquiera
 Países de rodaje: Cualquiera
 Nacionalidad del Director/a: Cualquiera
 Óperas Primas 
 Proyectos Escolares 
 Cortometrajes  >1' 30'<
 Largometrajes  >60'
 Cualquier idioma
 Subtítulos 
Euskera Inglés Español
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Photo of FANTBilbao - Festival De Cine Fantástico De Bilbao
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Español
Inglés


Inicio Festival: 03 mayo 2024      Fin Festival: 11 mayo 2024

El Ayuntamiento de Bilbao organiza el XXX FESTIVAL DE CINE FANTÁSTICO DE BILBAO – FANT 2024, que se celebrará en Bilbao del 3 al 11 de mayo de 2024.

1. - Premio del jurado al mejor cortometraje de Sección Oficial: 3.000 €

2. - Premio del público al mejor cortometraje de Sección Oficial: 3.000 €

3. - Premio del jurado al mejor cortometraje vasco de Sección Oficial: 2.500 €

4. - Premio del jurado al mejor cortometraje de la sección Panorama FANTástico en Corto : 1.750 €

5. - Premio del jurado al mejor largometraje de la Sección Oficial: 0 €

6. - Premio del público al mejor largometraje de la Sección Oficial: 0 €

7. - Premio de la Asociación de Guionistas Vascos – Euskal Gidoigileak al mejor guion de largometraje de la Sección Oficial: 0 €

8.- Premio del Cineclub FAS a la dirección más innovadora de la Sección Oficial: 0 €

9. - Premio al mejor largometraje de la sección Panorama FANTástico: 0 €

10. - Premio al mejor proyecto para la producción de un cortometraje en euskera: 5.000 €

Como parte del Festival, la organización concederá los siguientes PREMIOS:

1. Premios a los mejores largometrajes de la Sección Oficial.

2. Premio del público al mejor largometraje de la Sección Oficial

3. Premio al mejor guion de largometraje de la Sección Oficial, en colaboración con la Asociación de Guionistas Vascos – Euskal Gidoigileak.

4. Premio a la dirección más innovadora en largometrajes de la Sección Oficial, en colaboración con el Cine Club FAS.

5. Premio al mejor largometraje de la Sección Panorama FANTástico.

6. Premios FANTrobia, FANT de Honor y Estrella del FANT

7. Premio a la mejor interpretación de la Sección FANT en Corto Vasco, en colaboración con la Unión de Actores Vascos– Euskal Aktoreen Batasuna

8. Premios a los mejores cortometrajes de la Sección Oficial y Panorama FANTástico.

9. Premio al mejor proyecto para la producción de un cortometraje en euskera

Para lo cual se establecen las siguientes BASES:


1. Premio del jurado al mejor largometraje de la Sección Oficial

La SECCIÓN OFICIAL del Festival estará formada por largometrajes que, por su contenido o temática, puedan considerarse de género fantástico, tengan difícil acceso a los circuitos comerciales tradicionales (películas europeas, asiáticas, de productoras independientes, etc.) y no hayan sido aún estrenados en Bilbao.

Premio del jurado a la mejor película de la Sección Oficial.

Dicho premio se concederá con arreglo a las siguientes bases específicas:

1. Concurrirán a este premio largometrajes seleccionados por la organización que se proyecten dentro de la Sección Oficial del Festival, por cumplir las características descritas anteriormente.

2. El premio será otorgado al realizador de la película, será honorífico, irá acompañado de un trofeo conmemorativo y carecerá de dotación económica.

3. Este premio no podrá otorgarse ex aequo, ni quedar desierto.

4. La elección de este mejor largometraje recaerá en un grupo de expertos designado por la concejalía de Cultura y Gobernanza del Ayuntamiento de Bilbao, a propuesta de la Dirección del Festival.

5. El número de miembros de este Jurado del FANT no podrá ser inferior a tres y será siempre impar.

6. El jurado contará con un secretario designado por la Dirección del Festival, que intervendrá en las deliberaciones, pero sin derecho a voto.

7. Este Jurado podrá establecer un reglamento interno de acuerdo con la Dirección del Festival.

8. La decisión del Jurado será definitiva e inapelable.


2. Premio del público al mejor largometraje de la Sección Oficial

La elección de este premio recaerá en el público de la Sección Oficial. Cada persona asistente a cada sesión podrá puntuar el largometraje proyectado. Será ganador el largometraje con mejor puntuación ponderada. El premio será honorífico, irá acompañado de un trofeo conmemorativo y carecerá de dotación económica.

El premio del público al mejor largometraje de la Sección Oficial será otorgado al realizador de la película, será honorífico, irá acompañado de un trofeo conmemorativo y carecerá de dotación económica.



3. Premio de la Asociación de Guionistas Vascos – Euskal Gidoigileak al mejor guion de largometraje de la Sección Oficial

La elección del mejor guion de largometraje de la Sección Oficial recaerá en un jurado de expertos designado por la Asociación de Guionistas Vascos – Euskal Gidoigileak, será otorgado al guionista de la película, será honorífico, irá acompañado de un trofeo conmemorativo y carecerá de dotación económica.

4. Premio del Cineclub FAS a la dirección más innovadora de la Sección Oficial

La elección de la dirección más innovadora en largometrajes de la Sección Oficial recaerá en un jurado de personas expertas designado por el CINECLUB FAS, será otorgado al realizador de la película, será honorífico, irá acompañado de un trofeo conmemorativo y carecerá de dotación económica.

5. Premio al mejor largometraje de la Sección Panorama FANTástico

La sección Panorama FANTástico consiste en una colección de títulos de género fantástico de vocación marcadamente independiente. El Festival recoge así una de las tendencias más importantes del cine de género reciente, en la que el atrevimiento y la independencia se mezclan con los cánones del cine fantástico.

Estará formada por largometrajes que, al igual que los de la Sección Oficial, por su contenido o temática puedan considerarse de género fantástico, tengan difícil acceso a los circuitos comerciales tradicionales y, consecuentemente, no hayan sido aún estrenados en Bilbao.

Para esta sección se establece el PREMIO AL MEJOR LARGOMETRAJE, que se concederá con arreglo a las siguientes bases específicas:

1. Concurrirán al premio largometrajes seleccionados por la organización que se proyecten dentro de esta sección del Festival.

2. El premio será otorgado al realizador de la película, será honorífico, irá acompañado de un trofeo conmemorativo y carecerá de dotación económica.

3. Este premio no podrá otorgarse ex aequo ni quedar desierto.

4. La elección del mejor largometraje Panorama FANTástico, recaerá en un Jurado de personas expertas designado por la concejalía de Cultura y Gobernanza del Ayuntamiento de Bilbao, a propuesta de la Dirección del Festival.

5. El número de miembros de este Jurado del FANT no podrá ser inferior a tres y será siempre impar.

6. Este jurado contará con un secretario designado por la Dirección del Festival, que intervendrá en las deliberaciones, pero sin derecho a voto.

7. El Jurado de la Sección Panorama FANTástico podrá establecer un reglamento interno de acuerdo con la Dirección del Festival.

8. La decisión del Jurado será definitiva e inapelable.


6. Premios FANTrobia, FANT de Honor y Estrella del FANT

El premio FANTROBIA, de carácter honorífico, se concederá por la organización a una persona que haya destacado en los últimos tiempos y sea por tanto un valor emergente del género cinematográfico fantástico. Irá acompañado de un trofeo conmemorativo y carecerá de dotación económica.

Asimismo, la organización podrá conceder otros dos premios a figuras relevantes del género, en este caso ya consolidadas, siendo el premio FANT de Honor más dirigo a personas que hayan destacado a nivel estatal y el premio Estrella del FANT para figuras con recorrido internacional.

7. Premio a la mejor interpretación de la Sección FANT en Corto Vasco

La elección de la mejor interpretación de la Sección FANT en Corto Vasco recaerá en un jurado de expertos designado por la Unión de Actores Vascos – Euskal Aktoreen Batasuna, será otorgado a un actor o actriz de los cortometrajes de esa sección, será honorífico, irá acompañado de un trofeo conmemorativo y carecerá de dotación económica.

8. Premios a cortometrajes

Para las secciones de “FANT EN CORTO” se establecen los siguientes premios a los MEJORES CORTOMETRAJES:

• Premio del jurado al mejor cortometraje de Sección Oficial FANT (internacional, estatal o vasco)

• Premio del público al mejor cortometraje de Sección Oficial FANT (internacional, estatal o vasco)

• Premio del jurado al mejor cortometraje vasco de Sección Oficial FANT

• Premio del jurado al mejor cortometraje de la Sección Panorama FANTástico en Corto FANT

Las secciones de “FANT EN CORTO” del Festival estarán formadas por cortometrajes seleccionados por la organización y que, por su contenido o temática, puedan considerarse de género fantástico. Podrán participar en dichas secciones películas cuyo metraje no sea superior a 30 minutos.


8.1 Premios del jurado al mejor cortometraje y al mejor cortometraje vasco de Sección Oficial FANT EN CORTO

Los premios del jurado al mejor cortometraje y al mejor cortometraje vasco de Sección OficiaL “FANT EN CORTO” se concederán según las siguientes bases específicas:

1. Concurrirán al premio cortometrajes que la organización seleccione, de entre los recibidos en el plazo y modo que se fijen oportunamente, y se proyecten dentro de la Sección Oficial del Festival “FANT en corto”, por cumplir las características de esta sección descritas anteriormente.

2. El premio al mejor cortometraje será de 3.000 € y el premio al mejor cortometraje vasco será de 2.500 €. A esas cantidades, en su caso, se le efectuarán las retenciones fiscales que resulten obligatorias en aplicación de las normas fiscales vigentes. Ambos premios irán acompañados de un trofeo honorífico. La dotación económica se repartirá al 50 % entre director y productor, pero será abonada en un único pago a este último. Será considerada productor o productora, aquella persona que conste como tal en la ficha de inscripción. En caso de que la misma persona sea productor y realizador, será para ésta la totalidad del premio. El trofeo honorífico se entregará al realizador.

3. Los premios no podrán otorgarse ex aequo ni quedar desiertos.

4. La elección de estos mejores cortos recaerá en el mismo Jurado que elegirá el mejor largometraje de la Sección Oficial, y se regirá por las mismas normas señaladas en las bases de este premio.


8.2 Premio del público al mejor cortometraje de la Sección Oficial FANT

El premio del público al mejor cortometraje de sección oficial “FANT en corto” se concederá con arreglo a las siguientes bases específicas:

1. Concurrirán al premio cortometrajes que la organización seleccione de entre los recibidos, en el plazo y modo que se comuniquen oportunamente, y se proyecten dentro de la Sección Oficial del Festival “FANT en corto”, por cumplir las características de esta sección descritas anteriormente.

2. El premio será de 3.000 € efectuándose, en su caso, las retenciones fiscales que resulten obligatorias en aplicación de las normas fiscales vigentes, e irá acompañado de un trofeo honorífico.
La dotación económica se repartirá al 50 % entre director/directora y productor/ productora, pero será abonada en un único pago a este último. Será considerada productor o productora, aquella persona que conste como talen la ficha de inscripción En caso de que sea la misma persona la que lleve la produccción y la dirección, será para ésta la totalidad del premio. El trofeo honorífico se entregará al director.

3. La elección del mejor corto recaerá en el público asistente a la sesión o sesiones de Sección Oficial “FANT en corto”. Cada persona asistente a la sesión o sesiones podrá elegir el que a su juicio haya sido el mejor corto de cada sesión. Se concederá el premio al cortometraje con mayor número de votos ponderados del público.

4. Cualquier cuestión no prevista será resuelta por la organización y su decisión será definitiva e inapelable.



8.3 Premio del jurado al mejor cortometraje de la Sección “Panorama FANTástico en Corto” FANT

La Sección “Panorama FANTástico EN CORTO” consiste en una colección de títulos de género fantástico de vocación marcadamente independiente. El Festival recoge así una de las tendencias más importantes del cine de género reciente, en la que el atrevimiento y la independencia se mezclan con los cánones del cine fantástico.

Estará formada por cortometrajes que, al igual que los de la Sección Oficial, por su contenido o temática puedan considerarse de género fantástico y tengan difícil acceso a los circuitos comerciales tradicionales.

Para esta sección se establece EL PREMIO AL MEJOR CORTO, que se concederá con arreglo a las siguientes bases específicas:

1. Concurrirán al premio cortometrajes seleccionados por la organización que se proyecten dentro de esta sección del Festival.

2. El premio será de 1.750 € efectuándose, en su caso, las retenciones fiscales que resulten obligatorias en aplicación de las normas fiscales vigentes e irá acompañado de un trofeo honorífico. La dotación económica se repartirá al 50 % entre director y productor, pero será abonada en un único pago a este último. Será considerada productor o productora, aquella persona que conste como tal en la ficha de inscripción En caso de que la misma persona sea productor y realizador, será para ésta la totalidad del premio. El trofeo honorífico se entregará al realizador.

3. El premio no podrá otorgarse ex aequo ni quedar desierto.

4. La elección de la mejor película “Panorama FANTástico en corto”, recaerá en el mismo jurado
que elegirá el mejor largometraje de la Sección Panorama Fantástico y se regirá por las mismas normas señaladas en las bases de ese premio.



9. Premio al mejor proyecto para la producción de un cortometraje en euskera

1. Objetivo: Este premio tiene como objetivo apoyar la producción de cortometrajes de género fantástico en euskera, facilitando a sus ganadores la realización de un cortometraje.

2. Participantes: Podrán optar a este premio todas las personas físicas o jurídicas inscritas como productoras en registros públicos, escuelas de cine o entidades similares.

3. Condiciones técnicas:

- Cada participante podrá presentar un máximo de dos proyectos.

- La duración máxima prevista de los cortometrajes no podrá exceder de los 20 minutos.

4. Inscripción:
Los interesados en participar deberán presentar sus proyectos antes del 27 de marzo de 2024, rellenando un formulario que se les facilitará y enviando toda la documentación que se indique en el mismo a la dirección fant@fantbilbao.eus

5. Defensa del proyecto: Una vez remitidos los proyectos, los mismos deberán presentarse, y defenderse ante un jurado especializado nombrado al efecto, en una sesión abierta al público en el marco del festival FANT 30.

6. Premio: Se otorgará un único premio. El proyecto seleccionado recibirá un premio de 5.000 €. A esa cantidad, en su caso, se le efectuarán las retenciones fiscales que resulten obligatorias en aplicación de las normas fiscales vigentes.

7. Los participantes se comprometen a que el estreno del cortometraje, en su caso, se realice en el marco de la siguiente edición del festival FANT o, excepcionalmente, de otro modo que se pueda consensuar con la organización del mismo.

8. La participación en esta convocatoria implica la total aceptación de estas bases.





REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA SECCIÓN OFICIAL DE LARGOMETRAJES, SECCIÓN OFICIAL “FANT EN CORTO” y SECCIONES DE PANORAMA FANTÁSTICO

1. Para participar en la Sección Oficial de largometrajes, en la Sección Oficial “FANT en corto” y en las secciones Panorama Fantástico, las empresas o los realizadores deberán solicitar la inscripción de las películas.

2. Las inscripciones deberán realizarse rellenando el formulario al efecto y especificando el país de procedencia, sinopsis del film, biografía, filmografía del director, el texto completo del diálogo y fotografías. Los textos deberán estar redactados en euskera, castellano o inglés.

3. Para presentar películas a la consideración del Comité de Programación del Festival, el procedimiento más sencillo es rellenar el cuestionario online (www.fantbilbao.eus) y remitir la película a través de la web de FestHome (www.festhome.com). La fecha límite para inscribirse y enviar el material de visionado para largometrajes y cortometrajes es el 4 de febrero de 2024 a las 23:59 h.

4. Los cortometrajes de la Sección Oficial “FANT EN CORTO” podrán exhibirse en DCP, Apple ProRes 422HQ o H264.

5. Para la exhibición de largometrajes, se admitirán únicamente DCP o archivos Apple ProRes 422HQ o H264.

6. Una vez seleccionados y comunicado por parte de la organización los films que se proyectarán en el Festival, las copias deberán ser enviadas a la dirección postal que se les indique. Dicho material deberá llevar, en un sitio visible, una etiqueta de identificación con los siguientes datos: título y orden de proyección. Asimismo, deberá estar a disposición de la organización antes del 15 de marzo de 2024. Si por un motivo ajeno a la organización el material no pudiese llegar para tal fecha, ésta se podría ver obligada a sustituir el corto/película, por otro de iguales condiciones que garantice que el 15 de marzo de 2024 estará disponible para poder realizar las pruebas pertinentes.

7. FANT no aceptará copias de películas que no reúnan las condiciones mínimas de exhibición. La empresa o persona que presta la película seleccionada deberá proporcionar al Festival material publicitario (fotos, posters, dossiers de prensa, tráiler, etc.) para que el Festival pueda promocionar la película adecuadamente. Además, también tendrá que proporcionar el material adecuado para subtitularla, en caso que sea necesario. FANT se reserva el derecho a no devolver estos materiales.

8. Tanto las copias utilizadas para la exhibición pública en los formatos preestablecidos como las copias utilizadas para la preselección, en su caso, no serán devueltas automáticamente. El director/productor deberá solicitar la devolución durante los 6 meses siguientes a partir del término del Festival siempre por cuenta del interesado. Si durante este período no hay respuesta por su parte, el Festival procederá como estime oportuno.

9. Los gastos de transporte originados por el envío de las copias destinadas a la proyección corren a cargo del Festival, excepto en el caso que la copia tenga que enviarse a otro Festival. En este caso, el otro Festival pagará el transporte desde nuestra dirección a la suya.

10. En el caso que la copia resulte dañada como consecuencia de su exhibición en el Festival, el propietario lo comunicará antes de un mes, a contar a partir de la fecha de devolución.

11. La organización del FANT decidirá los días y las horas de proyección de las películas. Ninguna película, incluida en cualquier sección del Festival, será proyectada más de 3 veces, incluyendo la proyección para la prensa, sin el consentimiento previo del propietario.

12. Si el largometraje o cortometraje resulta seleccionado, el festival se reserva el derecho de exhibir el material en una plataforma online geobloqueada para España y su exhibición quedará limitada durante la celebración del festival (pudiendo limitarse el número de pases o días de exhibición).

13. Con relación a la grabación de extractos de la película, con el fin de utilizarse en programas de televisión, FANT cumplirá la normativa establecida en el reglamento de la FIAPF para festivales competitivos especializados.

14. El Festival consultará a los productores de los films premiados su autorización para depositar una copia en los Archivos del Festival. Esta copia será utilizada de acuerdo al contrato de depósitos en las Cinematecas, establecido por la Federación Internacional de Asociaciones de Productores de Films.

15. La inscripción de un film equivale a la aceptación de las condiciones de las presentes bases, cuya interpretación y aplicación corresponde al Área de Cultura y Gobernanza del Ayuntamiento de Bilbao, observando lo dispuesto en la reglamentación internacional.

REQUISITOS PREVIOS AL ABONO DE LOS PREMIOS EN METÁLICO

A.- Si las personas que obtengan un premio de importe superior a 3.000 € tienen residencia fiscal en territorio del Estado español, deberán aportar, con carácter previo a la concesión, la siguiente documentación:
a) Una declaración en la que, quien firme la solicitud, no se opone a que el Ayuntamiento de Bilbao realice las verificaciones que procedan para comprobar que está al corriente del pago de sus obligaciones fiscales y con la Seguridad Social (ANEXO III)
b) Una “Declaración responsable” de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria prevista en el art. 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, ni en la prevista en el art. 24-2º de la Ley 4/2005 para la Igualdad de Mujeres y Hombres, así como la declaración de que no se opone a que el Ayuntamiento de Bilbao realice las verificaciones que procedan para comprobar que no tiene deudas pendientes con el propio ayuntamiento. (ANEXO I).
c) Si no han recibido nunca un pago del Ayuntamiento de Bilbao por cualquier concepto y, por lo tanto, no figuran inscritas en el Registro municipal de Acreedores deberán presentar, debidamente cumplimentada, la “Ficha de Acreedores” a la que se le adjuntará el DNI/NIF/Pasaporte, y cualquier documento por el que quede acreditada la titularidad de la cuenta bancaria donde deba realizarse el ingreso.
En el caso de que la persona que obtuviera el premio tuviera residencia fiscal en el extranjero, deberá aportar, en vez de la autorización requerida en el apartado a), el “certificado de residencia fiscal” emitido por la autoridad competente de su país de residencia.


B.- Si las personas que obtengan el premio de importe inferior a 3.000 € tienen residencia fiscal en territorio del Estado español, deberán aportar:

a) Declaración responsable de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria prevista en el art. 13 de la ley 38/2003, General de Subvenciones, ni en la prevista en el art. 24-2º de la ley 4/2005 para la igualdad de mujeres y hombres; que cumple con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social exigidos en los art. 18 y 19 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 30/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; así como la declaración de que no se opone a que el Ayuntamiento de Bilbao realice las verificaciones que proceda para comprobar que no tiene deudas pendientes con el propio ayuntamiento.(ANEXO II).
b) Si no han recibido nunca un pago del Ayuntamiento de Bilbao por cualquier concepto y, por lo tanto, no figuran inscritas en el Registro municipal de Acreedores deberán presentar, debidamente cumplimentada, la “Ficha de Acreedores” a la que se le adjuntará el DNI/NIF/Pasaporte, y cualquier documento por el que quede acreditada la titularidad de la cuenta bancaria donde deba realizarse el ingreso.


En el caso de que la persona que obtuviera el premio tuviera residencia fiscal en el extranjero, deberá aportar:

a) El certificado de residencia fiscal emitido por la autoridad competente de su país de residencia.
b) Una “Declaración responsable” de no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria prevista en el art. 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, ni en la prevista en el art. 24-2º de la Ley 4/2005 para la Igualdad de Mujeres y Hombres, así como la declaración de que no se opone a que el Ayuntamiento de Bilbao realice las verificaciones que procedan para comprobar que no tiene deudas pendientes con el propio ayuntamiento. (ANEXO I).
c) Si no han recibido nunca un pago del Ayuntamiento de Bilbao por cualquier concepto y, por lo tanto, no figuran inscritas en el Registro municipal de Acreedores deberán presentar, debidamente cumplimentada, la “Ficha de Acreedores” a la que se le adjuntará el DNI/NIF/Pasaporte, y cualquier documento por el que quede acreditada la titularidad de la cuenta bancaria donde deba realizarse el ingreso.

NORMATIVA A APLICAR

En lo no previsto en estas Bases, regirá con carácter supletorio la “Ordenanza General Reguladora de las Bases para la concesión de subvenciones mediante convocatoria por el Ayuntamiento de Bilbao y sus organismos y entidades de derecho público”, aprobada en fecha 30 de junio de 2016 por el Excmo. Ayuntamiento Pleno y publicada en el B.O.B. número 138, de 20 de julio de 2016.


  

 
  

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